Acorde a lo estipulado por la Ley de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 1° de diciembre del 2022 hasta el 30 de junio del 2023 decretado por el Poder Ejecutivo, los productores deben realizar una declaración jurada, acorde a la producción que llevan adelante.
Carga on-line declaración jurada Emergencia Agropecuaria Decreto 4727 / 2022 MP
¿Qué documentación debo tener lista para cargar?
- PRODUCCION GANADERA /TAMBERA:
DNI; carnet de RENSPA, última Planilla de Vacunación de FUCOFA, Partidas Inmobiliarias Rural o Subrural
- PRODUCCION APICOLA:
DNI; carnet de RENAPA, Partidas Inmobiliarias Rural o Subrural (si es titular de alguna partida inmobiliaria)
¿Cómo realizo la carga?
El formulario on-line consta de los siguientes pasos: Producción Ganadera / Tambera / Apícola
Paso Uno
Se completan los campos con los datos personales del productor o razón social (en este paso todos los campos son obligatorios), – en todos sus ítems.
A) Actividad productiva: esta debe ser la declarada en AFIP
B) Datos de RENSPA: se deberá establecer la cantidad de RENSPA/S que posea el productor (sean 1, 2, o más); el número de RENSPA se escribe seguido sin puntos ni barras.
C) Datos de RENAPA: el número de RENAPA se escribe seguido sin puntos ni barras.
D) Stock total: se debe tener en cuenta la suma de todas las existencias ganaderas de la Vacunación de FUCOFA según RENSPA.
E) En la actividad apícola se deberá establecer la cantidad total de colmenas que posea el titular del RENAPA.
F) Datos de pérdida: se establece el Porcentaje de perdida estimada, detallando el tipo la pérdida de disponibilidad forrajera y/o mermas en la producción expresadas en litros de leche, Peso de los animales; % merma de preñez o muertes, merma en kilos de miel (por colmena o tambor), muertes de colmenas, otros.
Paso Dos
Datos de Partidas Inmobiliarias Rurales o Sub Rural se deberá establecer la cantidad de partidas (sean 1, 2, o más); el departamento y su superficie.
Paso Tres
Adjuntar archivos (Foto o pdf) del DNI, RENSPA, RENAPA. P
Paso cuatro
Adjuntar archivos (Foto o pdf) de la/s Ultima/s vacunación/es de FUCOFA.
Paso cinco
Adjuntar archivos (Foto o pdf) impuesto inmobiliario Rural o Subrural.
Paso seis
Imprimir la Declaración Jurada
– Una vez impresa la Declaración Jurada el /la Productor/a o Razón Social que solicita acogerse a la Emergencia Agropecuaria deberá firmar todas las hojas (posteriormente deberá ser enviada a la Dirección General de Producción Animal.
– El/la productor/a o Razón Social se encuentra obligado a conservar el original de la misma, a los efectos de ser presentada en el momento que las Autoridades pertinentes lo requieran.
¿Dónde envío la declaración jurada?
Dirección General de Producción Animal: 25 de Mayo 113 – Primer Piso – Paraná (CP 3100).
¿Cuál es el plazo de presentación de la declaración jurada?
El plazo de presentación será hasta el 17 de febrero 2.023.
¿Qué entidades /organismos pueden avalar la Declaración Jurada?
Entidades vinculadas al Sector Agropecuario; Cooperativas; Organismos Públicos Nacionales y Provinciales y Municipales.
Por otra parte, como lo establece en el artículo N° 4 del Decreto N° 4727/2022 MP la DJ debe estar conformada por un profesional de la Cs. Agropecuarias.
¿Qué tramites puedo realizar con el Certificado de Emergencia?
Puede presentarse ante ATER que prorrogará el Impuesto Inmobiliario Rural/Subrural articulo N°8 y 9 del Decreto N° 4727/2022 MP.
Asimismo, al estar homologado a Nivel Nacional, se podrá acoger a los beneficios dispuestos para estos casos por la ley n° 26.509 -Trámite ante AFIP,
Solicitud de créditos a tasa subsidiada o ANR, según Fondos Programas o Líneas que se implementaran para tal Fin.
- PRODUCCIONES AGRÍCOLAS EXTENSIVAS E INTENSIVAS
DNI; carnet de RENSPA, Partidas Inmobiliarias Rural o Subrural
¿Cómo realizo la carga?
El formulario on-line consta los siguientes pasos:
Paso Uno
Se completan los campos con los datos personales del productor o razón social (en este paso todos los campos son obligatorios.
A) Actividad principal productiva: esta debe ser la declarada en Afip
B) Datos del Establecimiento consignar la cantidad de RENSPA o RENAF que posea el productor (sean 1, 2, o más) y el número del mismo (sin puntos ni barras)
Paso Dos
Datos del cultivo (se establece la cantidad de cultivos afectados, tipo, especie, superficie, % de daño, tipo y tenencia de la tierra)
Paso Tres
Detalle de los lotes afectados (se establece el lote, cultivo, N° partida Inmobiliaria Rural, ubicación)
Paso Cuatro
Adjuntar archivos (Foto o pdf) DNI, Contrato de arrendamiento. -** Si no realiza la carga completa de todos los archivos, deberá enviarla junto a la Declaración Jurada (correo postal o email)
Paso Cinco
Adjuntar archivos (Foto o pdf) del carnet de RENSPA o RENAF. -** Si no realiza la carga completa de todos los archivos, deberá enviarla junto a la Declaración Jurada (correo postal o email)
Paso Seis
Adjuntar archivos (Foto o pdf) del Impuesto inmobiliario Rural o Subrural. -** Si no realiza la carga completa de todos los archivos, deberá enviarla junto a la Declaración Jurada (correo postal o email)
Paso Siete
Resumen, Imprimir la Declaración Jurada.
– Una vez impresa la Declaración Jurada el /la Productor/a o Razón Social que solicita acogerse a la Emergencia Agropecuaria deberá rubricar en todas las hojas y firmar sólo la última (posteriormente deberá ser enviada a la Dirección General de Producción Animal o Dirección General de Agricultura según corresponda. RECORDAR QUE AQUELLA DOCUMENTACIÓN QUE NO FUE ADJUNTA (on line) DEBE SER REMITIDA JUNTO A LA DECLARACION JURADA por Correo Postal o email.
– El/la productor/a o Razón Social que envíe la documentación en formato digital. Se encuentra obligado a conservar el original de la misma, a los efectos de ser presentada en el momento que las Autoridades pertinentes lo requieran
¿Dónde envío la Declaración Jurada?
A PRODUCCCIÓN AGRÍCOLA EXTENSIVA E INTENSIVA Dirección General de Agricultura: Pasaje Falucho 3346 – Paraná (CP 3100) o bien remitir la misma escaneada a emergenciaagricola@entrerios.gov.ar
¿Cuál es el plazo de presentación de la Declaración Jurada?
El plazo de presentación será hasta el 17 de febrero del 2023 inclusive.
¿Qué entidades /organismos pueden avalar la Declaración Jurada?
Entidades vinculadas al Sector Agropecuario; Cooperativas; Organismos Públicos Nacionales y Provinciales y Municipales. Por otra parte, como lo establece en el artículo N° 4 del Decreto N° 4727/2022 MP la DJ debe estar conformada por un profesional de Cs. Agropecuarias.
¿Qué trámites puedo realizar con el certificado de emergencia?
Puede presentarse ante ATER que prorrogará el Impuesto Inmobiliario Rural/Subrural Asimismo, al estar homologado a Nivel Nacional, se podrá acoger a los beneficios dispuestos para estos casos por la ley n° 26.509 -Trámite ante Afip. Tramitación de Líneas Crediticias en entidades bancarias con Tasas Bonificadas
Lugar de retiro de los certificados
Salvo opinión expresa del productor/a o Razón Social, se enviará a la entidad/organismo que lo avale.
-Carga on-line Emergencia agropecuaria: AQUÍ
-Instructivo de carga: AQUÍ